Conciliación y arbitraje

Conciliación 
"Acto por el cual la Justicia procura acercar a las partes antes de un juicio"

La conciliación previa, está prevista en la Constitución en el art. 255 y en nuestro Código General del Proceso, en el artículo 293, se afirma que antes de iniciar cualquier proceso se deberá pedir audiencia, para intentar la conciliación con el futuro demandado, el que será citado en su domicilio. 
En la Conciliación, el tercero neutral es el Juez quien tiene la facultad conciliatoria y pretenderá llegar a un acuerdo que podrá ser total o parcial; desarrolla un intento de acercar a las partes a una solución acordada.
En nuestro país, el acuerdo al que llegan las partes, en una conciliación guiada por un Juez, tiene la misma eficacia que una sentencia ejecutoriada.
La sentencia ejecutoriada significa que no admite apelación o pasa en autoridad de cosa juzgada por lo que puede llevarse a efecto.
La decisión que se toma obliga a esas partes; ellas deben respetar lo acordado porque el acuerdo tiene valor de sentencia y produce los mismos efectos que ésta.


Arbitraje
La autoridad que lo preside, el árbitro, no es un Juez oficial ni tiene que reunir las condiciones propias de un Juez.


Se da generalmente en los ámbitos de la política internacional y comercial, entre empresas y a nivel regional.
Las partes acuerdan de antemano que se ajustarán a la decisión del árbitro.


En Uruguay, el art. 472 del Código General del Proceso, afirma que toda contienda individual o colectiva podrá ser sometida por las partes a resolución de un tribunal arbitral. Salvo que la ley exprese lo contrario. El arbitraje será voluntario o necesario. 
Puede ser árbitro toda persona mayor de 25 años, que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles. 


Fuente: Bottero, Escoto, Gonçálvez, Ed. Social y Cívica, Colección Estudiantil, Montevideo, 2007.

Comentarios

Entradas populares de este blog

ORDEN JURÍDICO: concepto; principios. Principales normas jurídicas de nuestro Derecho. -SEXTO DERECHO-

LA SOCIOLOGÍA COMO CIENCIA / MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN (Quinto año Sociología)

CONCEPTO Y FINALIDAD DEL DERECHO / D. NATURAL Y POSITIVO